Popayán, 6 de diciembre de 2011.
A la comunidad estudiantil de la Universidad del Cauca.
En la sesión del Consejo Superior llevada a cabo el día de hoy se produjo por parte de esta corporación
la ratificación de los tres puntos que requerían de su aval, a saber:
1). La cancelación de materias y semestre sin condicionamientos de ningún tipo, que requirió de la suspensión
transitoria del capitulo referente a las cancelaciones inserto en el Reglamento Estudiantil.
2). La condonación del pago de los supletorios causados desde el tres de octubre.
3). La condonación de las multas por el entrego tardío de libros a las respectivas bibliotecas entre el 11 de octubre de 2011 y el 13 de diciembre de 2011.
Transcribo para su conocimiento el contenido del acuerdo, debido a que aún no ha sido publicado en la página de la U y les solicito muy fraternalmente difundirlo de la manera que se considere más pronta y eficaz entre nuestros compas estudiantes.
¡¡¡URGENTE DIFUSIÓN!!
Gracias miles...
LIZETH MONTERO PIEDRAHÍTA
Representante Estudiantil ante el Consejo Superior Universitario
ACUERDO NUMERO 041 DE 2011
(6 de diciembre)
Por el cual se ordenan unas medidas administrativas.
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en ejercicio
de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las que le confiere el
Acuerdo 105 de 1993 o Estatuto General y
CONSIDERANDO:
El proyecto de reforma a la Ley 30 de 1992, presentado por el Gobierno
Nacional, conllevó a una parálisis académica a nivel nacional, no siendo
ajena la Universidad del Cauca, por cuanto sus estudiantes desde el 20 de
octubre de 2011 se declararon en Asamblea Permanente.
Una vez retirado el Proyecto de Ley del Congreso por parte del Presidente de
la República, Dr. Juan Manuel Santos, se exhortó a los estudiantes a reiniciar
labores académicas.
El Consejo Académico y los voceros de la Asamblea Estudiantil de la
Universidad del Cauca, en reuniones realizadas durante los días 23, 24 y 26
de noviembre del 2011, previo análisis y discusión de una serie de garantías
solicitadas por los estudiantes a la Administración Universitaria, tanto
académicas como de movilización, tendientes a suspender el cese de
actividades académicas, llegó a unos acuerdos que, en algunos aspectos,
requieren de la aprobación del máximo órgano de gobierno en la Institución.
El Consejo Superior acoge dichos compromisos y en mérito de lo expuesto
A C U E R D A
ARTICULO PRIMERO: Suspender temporalmente, entre el 6 y el 21 de
diciembre de 2011, los requisitos del Acuerdo 023 de 2008, en cuanto a la
cancelación de asignaturas o de semestre.
PARAGRAFO: Los estudiantes regulares que se encuentren matriculados a
partir del segundo semestre de carrera, dispondrán de las dos semanas
siguientes a la expedición del presente Acuerdo, para que tramiten las
respectivas solicitudes de cancelación de asignaturas o de semestre.
Acuerdo 041 del 6 de diciembre de 2011, por el cual se ordenan unas
medidas administrativas.
ARTÍCULO SEGUNDO: Exonerar a todo el estudiantado el pago de
supletorios causados desde el 3 de octubre de 2011 hasta el 28 de
noviembre de 2011.
ARTÍCULO TERCERO: Condonar el pago de multas a todo el estudiantado
por entrega extemporánea de préstamos de libros en las bibliotecas de la
Institución, entre el 11 de octubre de 2011 y el 13 de diciembre de 2011.
ARTÍCULO CUARTO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su
aprobación y suspende, entre el 6 y el 21 de diciembre de 2011, la aplicación
del Acuerdo 023 de 2008, en cuanto a la cancelación de asignaturas o de
semestre.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Popayán, Ciudad Universitaria, a los seis (6) días del mes de
diciembre de dos mil once (2011).
NATALIA RUIZ RODGERS
Presidenta
LAURA ISMENIA CASTELLANOS VIVAS
Secretaria General
Esperanza
En la sesión del Consejo Superior llevada a cabo el día de hoy se produjo por parte de esta corporación
la ratificación de los tres puntos que requerían de su aval, a saber:
1). La cancelación de materias y semestre sin condicionamientos de ningún tipo, que requirió de la suspensión
transitoria del capitulo referente a las cancelaciones inserto en el Reglamento Estudiantil.
2). La condonación del pago de los supletorios causados desde el tres de octubre.
3). La condonación de las multas por el entrego tardío de libros a las respectivas bibliotecas entre el 11 de octubre de 2011 y el 13 de diciembre de 2011.
Transcribo para su conocimiento el contenido del acuerdo, debido a que aún no ha sido publicado en la página de la U y les solicito muy fraternalmente difundirlo de la manera que se considere más pronta y eficaz entre nuestros compas estudiantes.
¡¡¡URGENTE DIFUSIÓN!!
Gracias miles...
LIZETH MONTERO PIEDRAHÍTA
Representante Estudiantil ante el Consejo Superior Universitario
ACUERDO NUMERO 041 DE 2011
(6 de diciembre)
Por el cual se ordenan unas medidas administrativas.
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en ejercicio
de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las que le confiere el
Acuerdo 105 de 1993 o Estatuto General y
CONSIDERANDO:
El proyecto de reforma a la Ley 30 de 1992, presentado por el Gobierno
Nacional, conllevó a una parálisis académica a nivel nacional, no siendo
ajena la Universidad del Cauca, por cuanto sus estudiantes desde el 20 de
octubre de 2011 se declararon en Asamblea Permanente.
Una vez retirado el Proyecto de Ley del Congreso por parte del Presidente de
la República, Dr. Juan Manuel Santos, se exhortó a los estudiantes a reiniciar
labores académicas.
El Consejo Académico y los voceros de la Asamblea Estudiantil de la
Universidad del Cauca, en reuniones realizadas durante los días 23, 24 y 26
de noviembre del 2011, previo análisis y discusión de una serie de garantías
solicitadas por los estudiantes a la Administración Universitaria, tanto
académicas como de movilización, tendientes a suspender el cese de
actividades académicas, llegó a unos acuerdos que, en algunos aspectos,
requieren de la aprobación del máximo órgano de gobierno en la Institución.
El Consejo Superior acoge dichos compromisos y en mérito de lo expuesto
A C U E R D A
ARTICULO PRIMERO: Suspender temporalmente, entre el 6 y el 21 de
diciembre de 2011, los requisitos del Acuerdo 023 de 2008, en cuanto a la
cancelación de asignaturas o de semestre.
PARAGRAFO: Los estudiantes regulares que se encuentren matriculados a
partir del segundo semestre de carrera, dispondrán de las dos semanas
siguientes a la expedición del presente Acuerdo, para que tramiten las
respectivas solicitudes de cancelación de asignaturas o de semestre.
Acuerdo 041 del 6 de diciembre de 2011, por el cual se ordenan unas
medidas administrativas.
ARTÍCULO SEGUNDO: Exonerar a todo el estudiantado el pago de
supletorios causados desde el 3 de octubre de 2011 hasta el 28 de
noviembre de 2011.
ARTÍCULO TERCERO: Condonar el pago de multas a todo el estudiantado
por entrega extemporánea de préstamos de libros en las bibliotecas de la
Institución, entre el 11 de octubre de 2011 y el 13 de diciembre de 2011.
ARTÍCULO CUARTO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su
aprobación y suspende, entre el 6 y el 21 de diciembre de 2011, la aplicación
del Acuerdo 023 de 2008, en cuanto a la cancelación de asignaturas o de
semestre.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Popayán, Ciudad Universitaria, a los seis (6) días del mes de
diciembre de dos mil once (2011).
NATALIA RUIZ RODGERS
Presidenta
LAURA ISMENIA CASTELLANOS VIVAS
Secretaria General
Esperanza
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